El uso de petardos en vías públicas está prohibido. También su venta, salvo en establecimientos autorizados. Las multas oscilan entre los 100 y los 600.000 euros.
El Ayuntamiento de Doña Mencía ha publicado un bando por el que prohíbe la venta, uso o manipulación de artificios pirotécnicos en las vías de uso público, incidiendo especialmente en el explosionado de petardos. El texto alude al peligro, ruido, daños y alarma que pueden producir. Por ello ordena evitar la manipulación y el uso de artículos pirotécnicos, prohibiendo al mismo tiempo la venta de estos productos, excepto en establecimientos expresamente autorizados.
Las infracciones al respecto podrán ser sancionadas con multas que oscilan entre los 100 y los 600.000 euros, en función de la legislación y reglamentos vigentes.
El bando recuerda también que la venta y uso de estos artificios está prohibido para menores de 12 años cuando se trata de artículos de la categoría F1, de muy baja peligrosidad. La prohibición se extiende a menores de 16 años en el caso de artículos clasificados como F2, de baja peligrosidad. Está prohibido el uso y venta de artículos F3, de peligrosidad media, a todos los menores de 18 años, mientras que los artificios catalogados como F4, de alta peligrosidad, solo pueden ser utilizados por personas expertas y en condiciones concretamente establecidas.