Los menores que midan menos de 135 centímetros deben viajar atrás en los vehículos.
La Policía Local de Doña Mencía ha recordado en Onda Mencía Radio que desde el 1 de octubre todos los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cm. que se desplacen en vehículo, además de viajar con el sistema de retención infantil adecuado a su talla y peso, deberán ir sentados obligatoriamente en los asientos traseros de los coches. Las únicas excepciones de las que ha informado la Dirección General de Tráfico son: que el vehículo no disponga de asientos traseros, que todos los asientos traseros estén ocupados por otros menores o que no se puedan instalar atrás todos los sistemas de retención infantil. Solamente en esos casos los menores podrán ocupar el asiento delantero del vehículo, pero siempre utilizando el sistema de retención homologado. La DGT resalta que nunca se deberá llevar al niño en brazos ni utilizar el mismo cinturón de seguridad que el adulto. Se recuerda a su vez que es fundamental asegurarse de que la silla está bien instalada y no se mueve. Se explica igualmente, que en caso de que el menor tenga que viajar en el asiento delantero por algunas de las excepciones mencionadas, si el vehículo dispone de airbag frontal, únicamente podrán utilizarse sistemas de retención orientados hacia atrás si el airbag ha sido desactivado. Tráfico recomienda no obstante seguir utilizando el sistema de retención infantil hasta que el menor alcance los 150 cm. y recuerda que el uso de estos sistemas reduce un 75% las muertes de niños por accidentes y en un 90% las lesiones. La nueva norma está recogida en la modificación del artículo 117 del Reglamento General de Circulación realizada mediante Real Decreto 667/2015 de 17 de julio.